El presidente Guillermo Lasso firmó la tarde de este 3 de mayo del 2023 el Decreto Ejecutivo 730 que declara al terrorismo como amenaza al Estado, así entran en vigencia algunas disposiciones en materia de seguridad.
La declaratoria que identifica al terrorismo como amenaza ya se realizó el 27 de abril por parte del Consejo de Seguridad Pública y del Estado (Cosepe) pero faltaba la expedición del Decreto que aprueben determinados procedimientos para la fuerza pública.
Eso ocurrió esta tarde, Lasso estuvo acompañado de Paco Moncayo, consejero sobre Seguridad Nacional, y Wagner Bravo, secretario de Seguridad del Estado. La suscripción se desarrolló en el Salón Amarillo del Palacio de Carondelet y no hubo declaraciones por parte de las autoridades.
Contenido del Decreto firmado
Artículo 1.- Disponer a las Fuerzas Armadas que en cumplimiento de su misión de defender la soberanía e integridad territorial y de proteger los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos, ejecuten operaciones militares en todo o en parte del territorio nacional, para enfrentar y contrarrestar a las personas y organizaciones terroristas; aplicando los instrumentos internacionales, las disposiciones de la Constitución de la República y el ordenamiento jurídico interno del Estado ecuatoriano, a fin de garantizar la soberanía e integridad territorial y la vigencia plena de la Constitución y el Estado de derecho.
Artículo 2.- Ordenar al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas iniciar, de manera inmediata, las acciones correspondientes para reprimir la amenaza terrorista, con todos los medios a su disposición, en coordinación con la Policía Nacional.
Artículo 3.- Disponer al Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) tomar estrictas previsiones de seguridad para el personal militar y policial que, como resultado de las operaciones militares y policiales antiterroristas, sean sometidos a procesos judiciales penales, con la finalidad de garantizar su integridad en los centros de privación de la libertad.
Artículo 4.- El Ministerio de Economía y Finanzas asignará los recursos necesarios para atender los requerimientos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, en el marco del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 5.- Exhortar a todas las Funciones del Estado para que de manera coordinada apoyen en la lucha contra el terrorismo respetando la independencia de poderes.
Disposición final
De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo encárguese a la Secretaría Nacional de Seguridad Pública y del Estado, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior y al Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores.
Este Decreto entra en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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